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Detector de falsedades respecto a las afirmaciones del senador Iván Cepeda

El senador Iván Cepeda y supuesta víctima, publicó el 1 de marzo de 2021 a través de su cuenta de Twitter diez afirmaciones que, según el, demuestran la existencia de pruebas en contra del Ex Presidente Álvaro Uribe Vélez, cuando en realidad son falacias argumentativas que, por el contrario, evidencian que no existen pruebas sólidas en contra del Ex Presidente. Se analizan cada una de las afirmaciones presentadas por Iván Cepeda a continuación:


1. “Proceda, doctor Diego”, esa era la orden que daba el ex senador a su intermediario, Diego Cadena, para ofrecer a Juan Guillermo Monsalve un recurso de revisión de sentencia para que se retractara de su testimonio; un intento de soborno que fracasó.

El señor Cepeda incurre en una falacia al descontextualizar por completo la frase pronunciada por el Ex Presidente Uribe y publicar, convenientemente, una frase que podría ser interpretada en perjuicio de Álvaro Uribe al no tener en cuenta las circunstancias que la rodean. Esta falacia es conocida como la falacia del francotirador, falacia lógica que implica que la información presentada es interpretada y manipulada de tal forma que esta parezca tener sentido para quien la presenta. En realidad, el Ex Presidente en su momento manifestó a Diego Cadena: “Proceda, doctor Diego, que usted hace las cosas bien hechas”. En ninguna circunstancia esto puede equipararse a que se trató de una orden dada por el Ex Presidente con la intención de sobornar al testigo Monsalve. De hecho, para el momento de esta conversación (3 de abril de 2018), ya el señor Diego Cadena se había reunido con el testigo Monsalve, pues estos se reunieron en el mes de febrero de 2018, y el abogado Cadena además fue claro en indicar que la acción a favor del señor Monsalve es un acto lícito, y que la ley lo facultaba para tal efecto. En todo caso, es de especial relevancia resaltar que dicha acción a favor del testigo nunca se condicionó a que el señor Monsalve presentara determinada versión.


Finalmente, es preciso recordar que para que existiera responsabilidad penal, sería necesaria la existencia de un mandato expreso dirigido a Diego Cadena para la comisión de un delito. En este caso no se puede desprender de la “prueba” presentada por Cepeda que el Ex Presidente hubiese impartido una orden dirigida a obtener un testimonio favorable.

2. Los abogados de Uribe han interrogado a Monsalve en varias oportunidades, la última en septiembre de 2020. Pese a presiones e intentos de soborno, desde hace una década Monsalve sostiene inalterada su versión: los hermanos Uribe fundaron grupos paramilitares.

En esta afirmación se incurre en una falacia puesto que el señor Cepeda parte de una premisa que ni si quiera es verdadera, lo que invalida la conclusión presentada. No es cierto que los abogados de Álvaro Uribe han interrogado al señor Monsalve en el marco del proceso 52.240.Esto, teniendo en cuenta la información de especial relevancia que el señor Cepeda omite mencionar: el proceso se adelantó y se mantuvo ilegalmente oculto desde febrero a julio del año 2018. Durante este tiempo en que la Corte Suprema de Justicia adelantó el proceso a espaldas del Ex Presidente Uribe y de sus abogados, el señor Monsalve presentó su testimonio. Debido al ocultamiento del proceso, el testigo Monsalve no pudo ser contra interrogado por la defensa del Ex Presidente. Posteriormente, una vez se dio a conocer el proceso a Álvaro Uribe y sus abogados, el señor Monsalve no fue llamado a ampliar su testimonio ante la Corte Suprema, por lo que nunca se presentó oportunidad alguna para que la defensa del Ex Presidente pudiera interrogarlo. Por tanto, la afirmación de Cepeda no es cierta y mucho menos la conclusión que presenta.

3. Monsalve grabó a Diego Cadena cuando lo presionaba para que redactara un documento de su retractación.

Esta afirmación es completamente falsa, pues altera por completo el contenido registrado en la grabación. Nuevamente el señor Cepeda presenta una frase de manera aislada, con una conclusión construida de manera conveniente por él, incurriendo una vez más en la

falacia del francotirador, pues acomoda la interpretación dela información de tal forma que la consecuencia sea la que él desea.

Si bien la grabación registra que el señor Diego Cadena sugiere la redacción de un documento, en ningún momento se menciona ofrecimiento alguno del abogado para que el señor Monsalve altere su testimonio ni para que se retracte. De hecho, en esta misma grabación es posible evidenciar que el propio abogado Cadena le señala expresamente a Juan Guillermo Monsalve que esté tranquilo, pues no lo está presionando. La conclusión que presenta Iván Cepeda no es sino un resultado de especulaciones y conjeturas infundadas y acomodadas para su conveniencia. Es claro que dentro de un proceso penal las pruebas deben ser conducentes y, en este caso, la grabación aducida por Cepeda no permite determinar la existencia de una conducta que implique una presión al testigo para modificar su testimonio.

4. Dice @DCoronell que Monsalve fue presionado por un sujeto de mala condición, alias Caliche;Enrique Pardo, condenado por el secuestro del suegro del expresidente Pastrana, y Diego Cadena, que alcanzó su triste fama por ser patinador de cartas y videos.

El senador Cepeda incurre en una falacia ad verecundiam o falacia de autoridad, pues vincula la veracidad de las afirmaciones al hecho de que estas fueron enunciadas por el periodista Daniel Coronell, como si esto fuera una garantía absoluta de su veracidad. Incluso, las propias afirmaciones hechas por el señor Coronell incurren a su vez en falacias pues, por ejemplo, en vez de demostrar la supuesta presión ejercida por Diego Cadena sobre el testigo Monsalve, acude a una falacia ad hominem –que consiste en atacar a la persona– al mencionar que “alcanzó su triste fama por ser patinador de cartas y videos”. De esta manera, el periodista pretende que se deriven conclusiones a partir de las características o antecedentes de una persona, más no de sus acciones, las cuales ni se describen, ni se sustentan. En todo caso, no debe olvidarse que con mayor razón dentro de un proceso judicial se debe ser especialmente cuidadoso con este tipo de argumentos de autoridad.


5. Pardo Hasche a Monsalve: “El hombre lo que le está pidiendo es que diga que el señor le ofrecía tanto para que declarara en contra del doctor Uribe.[…] Me parece muy bien lo que el presidente le pide… Ya eso está amarrado o ya tienen eso ahí cuadrado”.

Si bien el señor Cepeda señala lo que menciona el señor Pardo Hasche, esto no conduce en lo absoluto a probar que el Ex Presidente hubiese dado una orden a este último para que presionara a Juan Guillermo Monsalve. De hecho, se incurre en una falacia de la causa falsa, que implica establecer una supuesta causalidad sólo por el hecho de que existe alguna correlación entre dos elementos. Es una falacia lógica en la medida en que la causalidad no tiene por qué depender de la correlación. En ese sentido, la supuesta prueba presentada por Cepeda carece de toda lógica, pues lo expresado por Pardo Hasche, por más de que se esté refiriendo al Ex Presidente, de ninguna manera permite concluir responsabilidad alguna de Álvaro Uribe. No es lógico establecer una relación de causalidad entre lo dicho por Pardo Hasche y la presunta responsabilidad del Ex Presidente, más aún cuando es claro que el señor Pardo Hasche no era ni es un emisario de Álvaro UribeVélez. Esta afirmación lo único que demuestra es que no existen pruebas que realmente permitan determinar la presunta responsabilidad del Ex Presidente, lo cual obliga a Cepeda a recurrir a falsas conjeturas para implicar a Álvaro Uribe con base en interpretaciones ilógicas de lo enunciado por terceros.

6. Diego Cadena escribió de puño y letra una carta en la que Carlos EnriqueVélez me acusaba de supuesto soborno. Luego Vélez se retractó y reveló que Cadena le entregó millones de pesos. Uribe dice que no sabía de ese “trato”, sin embargo defiende a Cadena.

Nuevamente el señorCepeda omite mencionar información que quita toda credibilidad a su afirmación, pues demuestra que parte de un contexto distorsionado y por tanto de una premisa falsa. En el año 2016 –mucho antes de que Carlos Enrique Vélez llegara a conocer o tener contacto con Diego Cadena–, el magistradoJosé Luis Barceló conoció una declaración de este testigo en la cual manifestó que el señor Cepeda le había ofrecido beneficios a cambio de testificar en contra de Álvaro Uribe y su hermano Santiago.

En ese sentido, es evidente que desde tiempo atrás el testigo había manifestado haber sido sobornado por Iván Cepeda, y que esta afirmación bajo ningún motivo fue producto depresión alguna ejercida por Diego Cadena.Una vez más el señor Cepeda recurre a contar una historia parcializada y fragmentada, presentando sólo la información que le conviene. 7. Como lo señaló la investigación periodística de @NoticiasCaracol, varias cartas de falsos testigos que trajo Uribe al proceso estaban hechas con la misma letra. Cadena admitió haber escrito al menos una de ellas. El senador Cepeda nuevamente incurre en una falacia de autoridad, pues recurre al argumento de que NoticiasCaracol hizo cierta afirmación como si esto fuera una garantía de veracidad. Además, el señor Cepeda hace esta afirmación omitiendo mencionar que todos los detenidos que ya han dado su testimonio dentro del proceso admiten que el contenido de dichas cartas es verídico. Por tanto, el señor Cepeda incurre en una falacia en tanto que el hecho de que Cadena hubiese escrito alguna de esas cartas en sí mismo no es prueba de responsabilidad penal, aún más, esa posibilidad queda completamente descartada cuando los mismos testigos reconocen que su contenido es cierto. En este caso no sólo se vuelve a manipular la interpretación de la información para conseguir la conclusión deseada, sino además se incurre en un argumento ad nauseam. Esto significa que se apela a un argumento para provocar una discusión superflua para evitar razonamientos que no se pueden contrarrestar. Por esto, con afirmaciones como esta, el señorCepeda sólo busca crear escándalos con el fin de intentar desviar la atención y suplir la evidente ausencia de pruebas en contra del Ex Presidente.

8. En columna de @DCoronell: Uribe le dice a Cadena sobre la declaración del “Tuso” Sierra: “Dígale que lo importante es que él declare lo que quiera decir, que si tiene que quitarle o agregarle a esa declaración que tranquilo”.

El señor Cepeda incurre nuevamente en una falacia al dar una connotación criminal a una frase que no es prueba de ningún delito.Al observar de manera objetiva lo expresado por el Ex Presidente, es posible afirmar que es claro que no existe instrucción alguna para que el testigo declare en un sentido específico. Por el contrario, esto demuestra que el testigo debía declarar conforme a lo que conocía y fuera su libre voluntad declarar. Considerar que la afirmación del Ex Presidente está de alguna manera relacionada con un delito implica una interpretación en exceso extensiva y absolutamente sesgada.

9. @DCoronell mostró video grabado por Monsalve en el que Pardo Hasche le dice que “se pase del lado” de Uribe. Según Pardo “Dios es Uribe”.

El senador Cepeda recurre a un video de un tercero que no tiene relación con el Ex Presidente y que por tanto no tiene relevancia alguna para efectos de determinar la presunta responsabilidad de Álvaro Uribe. Las declaraciones de Pardo Hasche no pueden constituir prueba cuando ni siquiera se establece en el video de qué manera el Ex Presidente pudiera verse involucrado. Una vez más, el senador Cepeda incurre en una falacia de causa falsa, pues por más que exista alguna correlación entre lo enunciado por Pardo Hasche y Álvaro Uribe, de allí no se puede desprender que se establece responsabilidad penal de este último, pues no es una consecuencia lógica. Además, esta afirmación también implica un nuevo argumento ad nauseam, pues afirmaciones como estas sólo buscan promover escándalos que desvíenla atención del proceso ante la evidente falta de pruebas sobre la presunta responsabilidad del Ex Presidente.

10. En las 1.550 páginas con las que la Sala de Instrucción de la CSJ argumentó la medida de aseguramiento contra Uribe, reseñó miles de pruebas recolectadas rigurosamente. Pedimos al fiscal Jaimes que las tenga en cuenta para llevar a juicio al imputado.

El señor Cepeda nuevamente parte de una premisa que no es verdadera. Cepeda omite mencionar que el escrito al cual hace referencia ni siquiera tuvo en cuenta las pruebas favorables al Ex Presidente. Así mismo, oculta el hecho de que el proceso adelantado por la Corte Suprema de Justicia tuvo numerosas irregularidades que atentaron contra garantías básicas del debido proceso. Por ejemplo, quien ordenó la detención fue el mismo órgano instructor cuando debió haber sido un juez independiente e imparcial, el proceso se mantuvo oculto y se adelantó sin el conocimiento del Ex Presidente y de sus abogados, la defensa no tuvo oportunidad alguna para controvertir las pruebas de cargo presentadas, se obtuvieron pruebas de forma ilegal que nunca fueron desechadas del proceso, entre otras.


El Senador Cepeda desconoce con su afirmación que la valoración del auto de la Corte representa solo una hipótesis por parte del instructor, sin que la investigación estuviera terminada, por ello no puede tenerse como una verdad revelada. Más aún cuando se han demostrado errores de valoración en el análisis de las pruebas. Por ello la Fiscalía, nuevo investigador en la causa, no esta obligada a avalarlas valoraciones que parten de errores, omisiones y en muchos casos de un evidente sesgo comprobado.


Así las cosas, de ninguna manera podría afirmarse que las pruebas fueron recolectadas rigurosamente por la Corte Suprema, lo que implica que la afirmación de Cepeda es una completa falacia.

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